Dirección General del Servicio Nacional de Empleo en Baja California Sur

Dirección General del Servicio Nacional de Empleo en Baja California Sur, tiene las siguientes funciones:

 

ARTÍCULO 9.- A la Dirección del Servicio Nacional de Empleo Baja California Sur, en lo sucesivo identificado por sus siglas SNEBCS, le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

I. Procurar, en lo administrativo, el incremento de la productividad y el equilibrio entre los factores de la producción, de conformidad con las disposiciones respectivas;

II. Ser integrante del Consejo Estatal para el Diálogo con los Sectores Productivos;

III. Coordinar y controlar el Servicio Nacional de Empleo en el Estado;

IV. Planear, organizar y dirigir las acciones que forman parte de los programas y proyectos para su operación tanto en el Servicio Nacional de Empleo como en las Unidades Regionales en cumplimiento al Anexo de Ejecución del Convenio de Desarrollo Social para la Operación de los Programas y Acciones del SNEBCS, firmado por el Ejecutivo Federal y el Gobierno Estatal.

V. Vigilar el adecuado cumplimiento de los acuerdos y lineamientos que norman la operación del SNEBCS.

VI. Promover la participación de los sectores público, privado y social en los programas y proyectos que desarrolla el SNEBCS.

VII. Participar en los foros y eventos institucionales que se relacionen con las actividades que competen al SNEBCS.

VIII. Planear, coordinar y vigilar las campañas de difusión y promoción acerca de las acciones del SNE, a través de los diferentes medios de comunicación social, en apego al Manual de Identidad y Normas Mínimas de Comunicación Social, y en conjunto con la Coordinación General de Empleo.

IX. Desarrollar acciones que permitan apoyar el establecimiento y operación de Unidades Regionales de Empleo.

X. Proporcionar a las autoridades Estatales y Federales competentes la información necesaria para evaluar el cumplimiento de lo establecido en el Anexo de Ejecución del Convenio de Desarrollo Social para la Operación de los Programas y Acciones del SNEBCS.

XI. Mantener informados del avance y puntos críticos de los programas y proyectos del SNEBCS, a sus superiores, así como a las autoridades Federales e instancias que se determinen.

XII. Determinar y programar los requerimientos de asistencia técnica y capacitación para el personal del SNEBCS.

XIII. Promover y dirigir reuniones de evaluación entre los responsables de las Unidades Regionales y su personal, a efecto de proporcionar la orientación necesaria en cuanto a la ejecución de los programas y proyectos del SNEBCS.

XIV. Las demás que le señalen las disposiciones vigentes y las que le asigne el Secretario, de acuerdo a sus atribuciones.

 

ARTÍCULO 10.- La Dirección del Servicio Nacional del Empleo; se auxiliará  con las siguientes Unidades Administrativas:

• Coordinación de Planeación e Información Ocupacional;

• Coordinación Apoyos Financieros;

• Coordinación de Desarrollo Humano y Administración de Recursos;

• Coordinación de Vinculación Laboral;

• Coordinación de Contraloría Social;

• Coordinación de Movilidad Laboral;

• Unidad Regional La Paz;

• Unidad Regional San José del Cabo;

• Unidad Regional Cabo San Lucas;

• Unidad Regional Comondú; y

• Unidad Regional Mulegé.