La Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social de Baja California Sur (STByDS) informa a las y los trabajadores que el permiso de paternidad es un derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y puede solicitarse con base en lo dispuesto por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Este permiso consiste en cinco días laborales con goce de sueldo para padres trabajadores, a partir del nacimiento o adopción de un hijo.
Para hacer uso de este derecho, las y los trabajadores deben notificar a su empleador tan pronto como sea posible e iniciar el trámite en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores al nacimiento o la adopción. Será necesario entregar una copia del acta de nacimiento, certificado médico de alumbramiento, o constancia oficial de adopción, según el caso. Esta documentación debe ser presentada ante el área de Recursos Humanos del centro de trabajo o ante el IMSS si así lo requiere la empresa.
Una vez entregada la solicitud, el patrón deberá autorizar el permiso con goce íntegro de salario por cinco días laborables consecutivos.En caso de que el empleador niegue el derecho, el trabajador puede presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PRODET) en cualquiera de sus oficinas ubicadas en los 5 municipios de Baja California Sur, cuyas direcciones pueden ser consultadas en el teléfono 612 124 2965.
Al respecto, la Lic. Claudia Leticia Hirales Meza, titular de la PRODET, enfatiza: “Desde la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, reafirmamos nuestro compromiso de velar por el cumplimiento de los derechos laborales de todas y todos los trabajadores. El permiso de paternidad no solo es una obligación legal para los empleadores, sino una medida fundamental para fomentar la corresponsabilidad familiar y el desarrollo integral de la niñez. Invitamos a todos los padres a ejercer este derecho y a acercarse a nuestras oficinas en caso de cualquier negativa o duda”.
La Secretaría del Trabajo reitera que este beneficio fomenta la equidad, la corresponsabilidad en el hogar y el bienestar familiar. Asimismo, exhorta a empleadores e instituciones públicas y privadas a garantizar el respeto pleno de este derecho laboral conforme a lo establecido en la ley vigente.