Información Pública Obligatoria

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En este espacio encontrarás la información pública obligatoria que de acuerdo a lo que establece en sus artículos 75° y 80° la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur; Así como del artículo 22° del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur y el artículo 51° de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Es competencia del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur.

Por información pública se entenderá como toda información que generen,posean o administren los sujetos obligados y cualquier autoridad, como consecuencia del ejercicio de sus facultades o atribuciones, o el cumplimiento de sus obligaciones, sin importar su origen, utilización o el medio en el que se contenga o almacene; la cual está contenida en documentos, fotografías, grabaciones, soporte magnético, digital, sonoro,visual, electrónico, informático, holográfico o en cualquier otro elemento técnico existente o que surja con posterioridad.

Artículo 4° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur